El contrato de trabajo puede darse cuando en una relación se encuentra reunidos todos los elementos que lo configuran, estas condiciones se aplican los conocimientos para poder distinguir todas las modalidades de un contrato.
también es el acuerdo mediante el cual una persona natural ( empleado) se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica ( empleador) bajo la continuada dependencia o subordinación de esta y mediante el pago de una remuneración ( salario) .
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
Una entidad seria y organizada no permite que la persona ingrese al servicio sin haber suscrito todo el corresponsal el contrato de trabajo.
PRESTACIÓN PERSONAL DEL SERVICIO
Es un elemento que implica una realización de labor por parte de una persona natural a favor de otra persona.
Es un individuo de la especie humana donde debe cumplir con
su trabajo para el cual se comprometió.
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Verbales
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Escritos
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Contrato de trabajo realidad
CONTRATO VERBAL DE TRABAJO
Es el que celebra de palabra tiene lugar para el empleador y
trabajador se ponen de acuerdo para el índole del trabajo.
Las personas consideran que el contrato verbal es una forma
equivocada de elaborar un contrato.
Tanto el trabajador que se ha suscrito a un contrato como
quien ha sido contratado verbalmente están amparados por la ley laboral.
CONTRATO ESCRITO DE TRABAJO
Es una constancia donde
hay un documento que es firmado por las partes en el cual están incluidas todas
las condiciones de si mismo.
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Duración del periodo de prueba
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Clase de trato.
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A termino indefinido
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A termino fijo
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A termino fijo inferior a un año
CONTRATO DE TRABAJO A TERMINO FIJO
Este contrato debe constar siempre por escrito y su duración no
puede ser superior a tres años.
FORMA DE TERMINACIÓN DE CONTRATO
Esta terminación debe
hacerse siempre por escrito, sea el empleador o el trabajador quien da por
terminado el contrato .